Tribunal ratifica ajuste fiscal por 39 millones dólares en materia de precios de transferencia a sucursal de multinacional petrolera. ¿Cómo impacta esto? Conozca el alcance en este análisis.
Dentro de las controversias fiscales de mayor impacto económico actualmente se encuentran la problemática entorno a la valoración de las transacciones que ocurren entre los miembros de un grupo multinacional, cuando dichas transacciones no cumplen con el principio de plena competencia, dicho principio exige que para fines fiscales, que las empresas asociadas (mejor conocidas como partes vinculadas) deben pactar sus transacciones como si se fuesen partes independientes operando en condiciones y/o circunstancias comparables.
El principio de plena competencia se fundamenta en que cuando las empresas independientes negocian entre sí, las fuerzas del mercado determinan normalmente las condiciones de sus relaciones comerciales y financieras. Por lo tanto, el precio y las condiciones pactadas, así como las circunstancias en las que se negocian las transacciones entre entidades vinculadas deben ser coherentes con aquellas que acordarían empresas independientes en transacciones similares realizadas en circunstancias comparables.
El sistema tributario panameño, a través de su Código Fiscal, adoptó el principio de plena competencia con la finalidad de evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de la renta de fuente de panameña. En aras de lograr este objetivo durante los últimos años el Código Fiscal panameño ha sido objeto de varias reformas para lograr la aplicación eficiente del principio de plena competencia y con ello perfeccionar el control fiscal en materia de precios de transferencia.
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