Durante la reunión del G-20 desarrollada en julio de 2021 en Venecia, Italia, los ministros de finanzas de los países que conforman este grupo lograron un acuerdo sobre las propuestas del Marco Inclusivo del Proyecto BEPS de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con el propósito de reducir la evasión fiscal internacional y limitar la competencia fiscal entre los estados.
Estas propuestas se enfocan en dos pilares: El “pilar I” o “enfoque unificado”, que asigna a las jurisdicciones de mercado (criterio del nexo) la atribución de beneficios de los grupos multinacionales; y el “pilar dos” o “GloBE”, que busca establecer un “impuesto mínimo global” para multinacionales que tengan ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros.
En esta oportunidad, comentaremos únicamente sobre “el pilar II” o “GloBE”, debido al gran interés que representa la implementación del “impuesto mínimo global” para los responsables de política fiscal, las multinacionales y los asesores fiscales.
Con la implementación del “GloBE” se propone una “regla de inclusión de ingresos” para someter a imposición en la jurisdicción de la casa matriz a los beneficios de las filiales o subsidiarias de los grupos multinacionales, cuando estos beneficios hayan sido gravados por el impuesto sobre la renta con una tasa efectiva de imposición inferior al 15%.
Asimismo, con la “regla de inclusión de ingresos”, si una subsidiaria se acoge a un régimen fiscal preferente (en términos prácticos se entenderá como régimen fiscal preferente aquel que establezca una tasa de impuesto inferior a la tasa nominal de impuesto sobre la renta del país), los beneficios que no fueron gravados por ese régimen fiscal preferente serán sometidos a imposición en la jurisdicción de la casa matriz del grupo multinacional.
Nota completa en: https://www.prensa.com/impresa/economia/la-propuesta-globe-de-la-ocde/
Comments